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domingo, 12 de febrero de 2017

DELITOS MEDIOAMBIENTALES Y LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO.



Muchos son los delitos que se producen contra el medio ambiente de todo el planeta. Y numerosas son las atrocidades que quedan impunes ante la ley y ante la humanidad, especialmente por las multinacionales que operan, a diestro y siniestro, de forma ilegal y fraudulenta en los territorios de protección: forestal, fluvial o marítima, en todo el globo terráqueo, por intereses espurios de unas pocas acaudaladas personas y sus fuertes empresas. Estas depredadoras firmas están amparadas por los estados y gobiernos de turno de cada nación, las cuales están a sus viles servicios y tienen absoluta bula y patente de corso para sus desmanes ecológicos. Hay que recordar los deplorables hechos acaecidos en nuestras aguas oceánicas Canarias, con motivo de las prospecciones petroleras de Repsol, protegidas por el lesivo ex ministro Soria y la connivencia del gobierno del PP en descarado favor de la empresa y contra el medio natural, acuático y animal.

Aún en los tiempos del avanzado estado del pernicioso cambio climático que sufrimos, con daños continuados e irreversibles contra el medio ambiente, la propia naturaleza y sus ecosistemas, se siguen cometiendo ignominiosos delitos con total despotismo  y consciente irresponsabilidad, por carecer de leyes contundentes internacionales contra estas infracciones ecológicas; o en particular, en cada una de las naciones. A pesar de este vacío legal, que a tantas naciones les interesa dejarlos en el limbo y sobreseerlos legislativa y éticamente, existe en La Haya la Corte Penal Internacional (CPI), que ha asumido desde hace pocos años, juzgar los delitos de carácter global contra el medio ambiente –además de los otros delitos contra los derechos de lesa humanidad, como ya conocemos–.

Estas agresiones a la naturaleza serán juagadas como crímenes contra la humanidad por dicha Corte Penal, que tiene competencias para denunciar y juzgar los desastres ocasionados al medio ambiente, a las tierras agrícolas, a las aguas potables, de los ríos o marinas, a las deforestaciones de todos los bosques mundiales, a las explotaciones ilegales contra todos los recursos naturales y minerales del planeta, etc. La Corte penará los daños producidos por las empresas o agentes particulares, quienes serán reclamados mediante denuncias ante este Tribunal para responder por sus infracciones, formuladas bajo las legislaciones internacionales que atenten contra el bienestar natural de todos los seres, tanto humanas como animales.

Sin embargo, esta Corte Penal Internacional solo puede juzgar a personas, no a los estados o empresas, que cometan barbaries contra todos los equilibrios naturales y los de beneficios para los seres vivos. El propio Consejo de Derechos Humanos de la ONU adoptó en 2014 una resolución para crear un código jurisdiccional para la penalización administrativa y otras condenas contra los delitos ecológicos contra todos los entes. Pero esta ley se truncó por la presión de los poderosos gobiernos occidentales, a favor de las empresas de inversiones internacionales, forzados a su vez por éstas.

El Medio Ambiente y la conservación de la ecología en todos sus sistemas, es un derecho fundamental para nuestra salud y la vida en los territorios que ocupamos, y éste tiene que ser legislado en la Carta Magna española y en la propia Comunidad Europea –y demás leyes internacionales–. Actualmente esa atribución que cita la Constitución española en su artículo 53, es bastante ambigua y de escasos o nulos derechos de los ciudadanos o colectivos ecologistas, para reclamar ante los juzgados los atentados contra las atrocidades ecológicas de la naturaleza y su medio ambiente. Y ante el cariz que va tomando –que ya es una realidad–, por las consecuencias nocivas del cambio climático, se tendrá que introducir obligatoriamente en las Constituciones de todos los países democráticos, ese artículo, sin ambigüedades o doble lectura, en defensa de la salubridad y del bien común de los conciudadanos y la naturaleza.

Ya no sirve anteponer los repugnantes intereses monetarios de los inversionistas del capital salvaje, por parte de los Estados en su desvergonzado favor, cuyo objetivo ha sido la defensa de la riqueza de unos pocos y en contra los derechos de la humanidad y el bien natural de todos los seres vivos, como lo es una naturaleza vivible y que genere vida. Capitaneadas estas inversiones por el neoliberalismo, al que también se adoctrinan muchos de los gobiernos occidentales, como el actual gobierno central español, en beneficio de las privatizaciones y en desfavor de la naturaleza y del bien general de todos los habitantes del planeta, que a todos nos corresponde y es propiedad de nadie, en el respeto de su conservación para desarrollar nuestras vidas de forma lozana.

La defensa y amparo del medio ambiente es un inexcusable derecho de la humanidad. Al igual que lo debe instituir en sus apartados legales la Carta Magna española. Es, simplemente, una legalidad por ética y moralidad, a tener una vida sana durante nuestra corta existencia sobre este noble planeta llamado Tierra, al que le hemos ido desgarrando toda su pureza de forma paulatina, o rápidamente, con nuestra insaciable codicia para extraer de él sus recursos naturales o seguir con la polución de humos y químicos que contaminan la irrespirable atmósfera que resistimos.

Por esta preclara razón apelan al derecho internacional y a la propia legislación española las ONG: Oxfam Intermón, Amnistía, Greenpeace, quienes pretenden que queden legislados todos los atentados que se suceden continuadamente y producen el cambio climático; los delitos que se causen contra la naturaleza y por la conservación de un medioambiente saludable, para el presente y el futuro de los habitantes de todo el Universo, como un bien común y de derecho inexorable en favor protección de la salud de la humanidad y de todos los seres vivos.
 
Los citados entes ecologistas requieren de los partidos políticos del arco parlamentario español y del Gobierno actual, para que se cambie el artículo mencionado de la Carta Magna, en el capítulo III, en su artículo 53.3, y se incluya el sagrado derecho de todos a un medio ambiente sano y respirable, que no cause tantas enfermedades y mortandades, como lo está produciendo el humo del CO2 y el propio daño a la naturaleza con el cambio climático, como un derecho universal. 
 
FUENTE: eldiario.es , 12 / 02 / 2017
 
 
 
 
 
 
 


























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