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viernes, 3 de noviembre de 2023

Acuerdo de París sobre el cambio climático

Los países de la UE apoyan firmemente el Acuerdo de París y su objetivo de mantener el calentamiento global en niveles seguros. La UE será climáticamente neutra para 2050.

La UE y el Acuerdo de París

La UE y todos sus Estados miembros han firmado y ratificado el Acuerdo de París y están firmemente comprometidos con su aplicación. En consonancia con este compromiso, los países de la UE han acordado situar a la UE en la senda para convertirse en la primera economía y la primera sociedad climáticamente neutras de aquí a 2050.

Tal como exige el acuerdo, la UE presentó su estrategia de reducción de emisiones a largo plazo y sus planes climáticos actualizados antes del fin de 2020, comprometiéndose a reducir las emisiones de la UE como mínimo en un 55 % para 2030 con respecto a los niveles de 1990.

La UE encabeza la lucha contra el cambio climático. Sus audaces políticas y acciones la convierten en un referente normativo a escala mundial e impulsan la ambición climática en todo el mundo.

¿Qué es el Acuerdo de París?

Al ser un asunto de ámbito mundial, el cambio climático requiere la colaboración de los países de todo el mundo. En 2015, los dirigentes mundiales acordaron nuevas metas ambiciosas en la lucha contra el cambio climático.

El Acuerdo de París presenta un plan de actuación para limitar el calentamiento del planeta. Sus principales elementos son los siguientes:

  • objetivo a largo plazo: los gobiernos acordaron mantener el incremento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2 °C con respecto a los niveles preindustriales y redoblar los esfuerzos para limitarlo a 1,5 °C;
  • contribuciones: antes de la conferencia de París, y durante esta, los países presentaron planes generales nacionales de actuación contra el cambio climático (conocidos como contribuciones determinadas a nivel nacional) para reducir sus emisiones;
  • ambición: los gobiernos acordaron comunicar sus planes de actuación cada cinco años, fijando en cada plan objetivos más ambiciosos;
  • transparencia: los países acordaron informarse mutuamente y a la sociedad sobre el grado de consecución de sus objetivos para garantizar la transparencia y la supervisión;
  • solidaridad: los Estados miembros de la UE y otros países desarrollados seguirán financiando la lucha contra el cambio climático para ayudar a los países en desarrollo tanto a reducir sus emisiones como a generar resiliencia para responder a los efectos del cambio climático.

El Acuerdo de París entró en vigor el 4 de noviembre de 2016, cuando se cumplió la condición de ratificación por al menos 55 países que representan como mínimo el 55 % de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero. Todos los países de la UE han ratificado el Acuerdo.

CMNUCC: la convención mundial sobre el clima

La UE es parte en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), que constituye el principal acuerdo internacional en materia de acción por el clima. Fue en una reunión de las partes en la CMNUCC celebrada en 2015 cuando los países adoptaron el Acuerdo de París.

La CMNUCC es una de las tres convenciones adoptadas en la Cumbre de la Tierra celebrada en Río en 1992, cuando la comunidad internacional reconoció la necesidad de actuar colectivamente para proteger a las personas y al medio ambiente, y de limitar las emisiones de gases de efecto invernadero. Ha sido ratificada por casi todos los países del mundo.

A mediados de los años noventa, los firmantes de la CMNUCC se dieron cuenta de que hacían falta normas más estrictas para reducir las emisiones. En 1997, celebraron el Protocolo de Kioto, que establecía los primeros objetivos jurídicamente vinculantes de reducción de emisiones para los países desarrollados. Este protocolo expiró en 2020.

Mediante el Acuerdo de París, los países renovaron su compromiso con la acción por el clima y alcanzaron un acuerdo sobre nuevos objetivos para acelerar los esfuerzos destinados a limitar el calentamiento global.

El cometido del Consejo

Las partes en la CMNUCC se reúnen cada año para revisar y debatir los avances realizados con respecto a la Convención, los acuerdos relacionados y su aplicación.

La Presidencia del Consejo, junto a la Comisión Europea, representa a la UE en estos foros internacionales, que se conocen como CP (Conferencias de las Partes).

En octubre de 2023, el Consejo adoptó unas Conclusiones en las que establece el mandato general de negociación de la UE para la 28.ª Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CP28), que se celebrará en Dubái (Emiratos Árabes Unidos) del 30 de noviembre al 12 de diciembre de 2023.

En sus Conclusiones, el Consejo puso de relieve las oportunidades que una acción por el clima ambiciosa brinda para el planeta, para la economía mundial y para las personas, y la importancia de garantizar una transición justa hacia unas economías y unas sociedades sostenibles, resilientes al cambio climático y climáticamente neutras que no dejen a nadie atrás.

Fuente: Consejo de la Unión Europea

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